De acuerdo a la Ley General de Educación
(artículo 10), son derechos y deberes de
la comunidad educativa:
DE LOS/AS ESTUDIANTES
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Derechos
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Deberes
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ü
Una educación que brinde oportunidades de formación y desarrollo
integral.
ü
Una atención adecuada y oportuna (en situaciones de necesidades
educativas especiales).
ü
Estudiar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo.
ü
No ser discriminados/as.
ü
Expresar su opinión.
ü
Respeto a su integridad física y moral.
ü
Respeto a su libertad personal y de conciencia (sus convicciones
religiosas, ideológicas o culturales).
ü
Ser informados/as de las pautas evaluativas.
ü
Ser evaluados/as y promovidos/as de acuerdo a un sistema objetivo y
transparente.
ü
Participar de la vida cultural, deportiva y recreativa del
establecimiento.
ü
Derecho a asociarse entre estudiantes.
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ü
Brindar un trato digno, respetuoso y no discriminatorio a todos los/as
integrantes de la comunidad educativa.
ü
Asistir a clases.
ü
Estudiar y esforzarse por alcanzar el máximo de desarrollo de sus
capacidades.
ü
Cooperar en mejorar la convivencia escolar.
ü
Cuidar la infraestructura educacional.
ü
Respetar el reglamento interno del establecimiento.
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DE LAS FAMILIAS
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Derechos
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Deberes
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ü
Ser informados del rendimiento académico y proceso educativo de sus
hijos/as.
ü
Participar del proceso educativo de sus hijos/as.
ü
Ser escuchados.
ü
Aportar al desarrollo del proyecto educativo institucional.
ü
Ser informados del funcionamiento del establecimiento.
ü
Derecho a asociarse a través del centro de padres y apoderados.
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ü
Educar a sus hijos/as.
ü
Informarse sobre el proyecto educativo institucional.
ü
Apoyar el proceso educativo de sus hijos/as.
ü
Informarse sobre las normas de funcionamiento del establecimiento.
ü
Respetar la normativa interna del establecimiento.
ü
Cumplir con los compromisos asumidos con el establecimiento.
ü
Brindar un trato respetuoso a los integrantes de la comunidad
educativo.
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DE LOS/AS DOCENTES
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Derechos
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Deberes
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ü Trabajar en
un ambiente tolerante y de respeto mutuo.
ü Respeto su
integridad física, psicológica y moral (no pudiendo ser objeto de tratos
vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos por parte de los demás
integrantes de la comunidad educativa).
ü Proponer
iniciativas para el progreso del establecimiento.
ü Contar con
espacios adecuados para realizar en mejor forma su trabajo.
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ü Ejercer la
función docente en forma idónea y responsable.
ü Orientar
vocacionalmente a los/as estudiantes cuando corresponda.
ü Actualizar
sus conocimientos y evaluarse periódicamente.
ü Investigar,
exponer y enseñar los contenidos curriculares correspondientes a su nivel
educativo (establecidos por las bases curriculares y los planes y programas
de estudio).
ü Respetar
las normas del establecimiento.
ü Respetar
los derechos de los/as estudiantes.
ü Tener un
trato respetuoso y sin discriminación arbitraria con los/as estudiantes y
demás miembros de la comunidad educativa.
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DE LOS/AS ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN
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Derechos
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Deberes
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ü Trabajar en
un ambiente tolerante y de respeto mutuo.
ü Respeto su
integridad física, psicológica y moral (no pudiendo ser objeto de tratos
vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos por parte de los demás
integrantes de la comunidad educativa).
ü Participar
de las instancias colegiadas.
ü Proponer
iniciativas para el progreso del establecimiento.
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ü Ejercer su
función en forma idónea y responsable.
ü Respetar
las normas del establecimiento.
ü Brindar un trato
respetuoso a los demás miembros de la comunidad educativa
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DE LOS EQUIPOS DIRECTIVOS
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Derechos
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Deberes
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ü Conducir la realización
del proyecto educativo institucional.
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ü Liderar el
establecimiento a su cargo.
ü Propender a
elevar la calidad del establecimiento.
ü Desarrollarse
profesionalmente.
ü Realizar
supervisión pedagógica en aula.
ü Promover en
docentes el desarrollo profesional para el cumplimiento de las metas
educativas.
ü Cumplir y
respetar todas las normas del establecimiento.
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